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El ruído de los perros en tu comunidad de vecinos

Publicado: 22 de mayo de 2017, 00:00
  1. Derechos y obligaciones de los propietarios
El ruído de los perros en tu comunidad de vecinos

Uno de los principales problemas de convivencia en una comunidad de vecinos es el ruido, especialmente en horario nocturno, siendo una fuente habitual los ladridos de un perro.

Como también es habitual, esta conducta del animal se produce cuando los dueños no están en casa, por lo que en la mayoría de las ocasiones no tienen conocimiento de lo que está sucediendo ni de los problemas y molestias que pueden estar provocando en el descanso y bienestar de sus vecinos.

1.- Las normas internas de la Comunidad de propietarios no pueden prohibir la existencia de animales de compañía en el edificio, pero sí puede regular las normas de comportamiento que deberán respetar los propietarios de estos

2.- Las ordenanzas municipales también pueden regular diversos aspectos respecto a la tenencia de animales domésticos o mascotas.

Si eres nuevo en el edificio, tanto propietario como inquilino, es recomendable que averigües si te afectan estas disposiciones en caso de ser dueño de algún animal de compañía, especialmente perros.

En caso de que en la comunidad de vecinos aparezcan problemas de ruidos provocados por el perro de algún vecino, recomendamos que se ponga en conocimiento del administrador de la comunidad para que, dentro de su labor de mediador y con el fin de conseguir una convivencia armónica, pueda contactar con el propietario del animal para hacerle saber el problema y solicitar su colaboración para tomar las medidas adecuadas para evitar que se repita en el futuro.

Si la situación no mejora, habrá que recurrir a la autoridad competente, la policía local, para que intervenga y compruebe tanto el nivel de ruido que se pudiera estar produciendo como si el animal está siendo atendido en las condiciones adecuadas; se iniciará un expediente que puede acabar con multa para el propietario de la mascota que esté incumpliendo sus obligaciones, con sus vecinos y con su propio animal.

Llegados a una situación realmente grave, y si nada de lo anterior hubiese funcionado, la Comunidad de propietarios podrá recurrir a la vía judicial para solicitar el cese de dicho comportamiento, pudiendo el juez condenar al infractor a no poder utilizar esa vivienda en un plazo determinado, así como a indemnizar a sus vecinos por los daños y perjuicios provocados.

La colaboración entre los vecinos para conseguir una convivencia respetuosa con los derechos de todos es fundamental, siendo el administrador de la Comunidad de propietarios una pieza fundamental para conseguir este fin.

A modo de ejemplo, en el siguiente enlace se accede a la normativa existente en el Concello de Brión sobre la tenencia de animales domésticos, especialmente perros.

http://bop.dicoruna.es/bop/2003/03/01/1877-G.htm

 

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